Inclusión Indebida en Ficheros

Conseguimos altas Indemnizaciones por inclusión indebida

 

INCLUSIÓN INDEBIDA EN FICHERO MOROSIDAD

Que no jueguen con tus derechos. Reclamatorlawyers gestiona la salida de los ficheros de morosidad y te consigue una indemnización por inclusión indebida en ficheros de morosidad , como por ejemplo Asnef. Demandamos a nivel nacional obteniendo indemnización por daños en el honor por inclusión indebida.

¿ CUÁNDO ES UNA INCLUSIÓN INDEBIDA EN FICHEROS

Se produce una inclusión indebida en ficheros de morosidad cuando aparecen los datos de una persona en un sistema de información crediticia (lo que se suele conocer como fichero de morosos, fichero de morosidad, etc.) sin que se cumplan los requisitos para que se presuma lícito el tratamiento de dichos datos, conforme a la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

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DINERO CONSEGUIDO PARA CLIENTES POR INCLUSIÓN INDEBIDA

¿Qué requisitos tiene que cumplir la deuda para ser incluida en un fichero?

– Deuda cierta, vencida, exigible y que resulte impagada.
– Que no tenga una antigüedad superior a 6 años.
– Que se haya requerido de forma fehaciente el pago de la deuda.
– Que se haya comunicado su inclusión en el fichero.

La falta de alguno de estos requisitos incumplidos le da derecho a una indemnización por inclusión indebida en ficheros de morosos. Nuestros abogados expertos en el fichero de morosidad de Asnef analizan su caso y dan respuesta sobre la viabilidad para reclamar su inclusión indebida.

¿Qué formalidades deben cumplir las empresas que gestionan los ficheros de morosidad?

Las empresas gestoras de los ficheros de solvencia patrimonial están obligados a comunicar al deudor los datos que serán incluidos en el fichero con 30 días de antelación a su efectividad. Es muy común saltarse este paso, al igual que debemos decir que dicha notificación no tiene que realizarse con acuse de recibo o carta certificada. En estos casos, te recomendamos contactar con abogados inclusión ficheros de morosidad para conseguir su indemnización contra Asnef y la empresa que le ha incluido en los ficheros.

¿Puedo reclamar en caso de que haya abierto un proceso judicial?

Gestionamos tu deuda sea cual sea su situación. Reclamamos a la entidad acreedora mediante gestión extrajudicial, demanda judicial o proceso monitorio reclamando judicialmente su importe. También somos especialistas en los casos en los que no se tenga conocimiento de la deuda, bien por error o por casos de suplantación de identidad. Si vas a solicitar un crédito y te lo deniegan por estar incluido en un fichero de morosos, nosotros le indicamos como gestionar su caso para salir de los ficheros y conseguir indemnización.

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¿Cómo reclamar indemnización por inclusión en el fichero de Asnef?

Inclusión indebida como salir de ficheros de Morosidad

Empresas de telecomunicaciones, bancos, financieras, eléctricas y grandes empresas suelen utilizar los ficheros de morosidad como Asnef de manera indebida con el objetivo de forzar a los supuestos deudores a que realicen el pago exigido por estos haciendo un uso indebido de estos ficheros. El Tribunal Supremo en su reciente sentencia de marzo de 2018, ha condenado a VODAFONE a pagar 10.000 euros de indemnización por inclusión en el asnef a una afectada por dejar sin pagar un recibo de cuya deuda se discrepa. En la actualidad, muchas personas son incluidas en ficheros de insolvencia patrimonial después de reclamar la abusividad de los intereses cobrados , y mientras el proceso está aún pendiente de resolución judicial , sus datos son incluidos en ficheros de morosidad como Asnef.

Legislación aplicable en materia de indemnización por inclusión en ficheros

Existe una legislación importante en materia del honor, y te lo vamos a explicar en en las siguientes líneas

1. – El derecho al honor indemnizable –

Quien más, quien menos, todos tenemos una idea aproximada de lo que significa derecho al honor. Es uno de los Derechos fundamentales que reconoce la Constitución Española, y que protege a través de las garantías del artículo 18. En efecto, el punto 1 del mencionado artículo 18 se promulga que “Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen”. El Tribunal Supremo ha dicho en reiterada Jurisprudencia que el derecho al honor posee dos aspectos íntimamente conexos: a) el de la inmanencia, representada por la estimación que cada persona hace de sí mismo, y b) el de la trascendencia o exteriorización, representada por la estimación que los demás hacen de nuestra dignidad (otras STS 23/03/1987 y STS 22/07/2008 entre otras muchas).